La Justicia de Corrientes reconoció un despido comunicado por WhatsApp como válido

Un juzgado laboral determinó que un mensaje de WhatsApp puede equivaler a un telegrama o carta documento al notificar la finalización de un vínculo laboral. Sin embargo, el tribunal consideró que el despido fue sin causa justa por la falta de fundamentos concretos.

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Un fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° II de Corrientes marcó un precedente al considerar válido un despido comunicado por WhatsApp. La sentencia, en la causa “Olivera Mansilla Santiago Eliel c/ Cabral Guillermo Hernán y otro”, estableció que la extinción del contrato se produjo el mismo día en que el empleado recibió el mensaje de su empleador informándole que prescindía de sus servicios.

El caso, informado por Noticias Argentinas y difundido por el portal jurídico Microjuris (Cita: MJ-JU-M-157493-AR), tuvo como protagonista al trabajador Santiago Olivera Mansilla, quien se desempeñaba en el local Raíz Natural Store. Tras recibir un mensaje de su empleador, Cristian Alexis Flores, el 25 de agosto de 2022, fue notificado de su desvinculación con el texto:
«Hola Santos, soy Cristian de Raíz. Estoy al tanto de tu desempeño, lamentablemente no estamos cómodos trabajando así. Vamos a prescindir de tu servicio.»

Aunque el empleador negó la relación laboral, el tribunal la dio por acreditada mediante testimonios y una pericia informática que confirmó la autenticidad del mensaje. El juez concluyó que el vínculo laboral quedó extinguido con la recepción del WhatsApp, y no en una fecha posterior cuando el trabajador envió telegramas formales.

No obstante, el fallo también determinó que el despido fue sin justa causa, ya que la expresión “no estamos cómodos trabajando así” resultó demasiado genérica e imprecisa. Según la resolución, esa falta de claridad impidió al trabajador ejercer adecuadamente su derecho a defensa.

El magistrado subrayó que la ley laboral exige una “expresión suficientemente clara de los motivos” que justifican la ruptura del contrato, y que estos no pueden ser reemplazados ni complementados con pruebas posteriores durante el juicio. Por ello, el empleador fue condenado al pago de las indemnizaciones correspondientes por despido injustificado.

El caso abre un debate jurídico sobre el uso de plataformas digitales en las relaciones laborales. Si bien la Justicia reconoció el valor legal de un mensaje de WhatsApp como medio de notificación, también reafirmó que el respeto a las garantías del trabajador y la precisión en las causas del despido siguen siendo principios esenciales del derecho laboral argentino.