Condenaron a un anestesiólogo por la muerte de un niño tras una cirugía en Río Negro

Mauricio Javier Atencio Krause fue declarado responsable de homicidio culposo por el fallecimiento de Valentín Mercado Toledo, de cuatro años. Recibió tres años de prisión en suspenso y fue inhabilitado por siete años y seis meses para ejercer la medicina.

La Justicia de Río Negro condenó este mediodía al anestesiólogo Mauricio Javier Atencio Krause a tres años de prisión en suspenso y a la inhabilitación para ejercer la medicina por siete años y seis meses, tras hallarlo penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la muerte de Valentín Mercado Toledo, el niño de cuatro años que falleció luego de una cirugía realizada el 11 de julio de 2024 en General Roca.

El veredicto fue comunicado por el juez Emilio Stadler en la sala 5 de los Tribunales de esa ciudad, luego del juicio de cesura iniciado la semana pasada. El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Reyes, había solicitado la misma pena de prisión pero con una inhabilitación profesional de diez años. La querella, a cargo de los abogados Agustín Aguilar y Miguel Ángel Díaz Zeballos en representación de los padres del menor, coincidió con ese pedido.

Por su parte, la defensa del imputado, ejercida por el abogado Juan Ignacio Scianca, solicitó que se aplicara el mínimo de la escala penal prevista para el homicidio culposo y que, en caso de imponerse una inhabilitación, se limitara exclusivamente al ámbito de la medicina pediátrica. El tribunal finalmente resolvió una inhabilitación amplia para el ejercicio de la medicina.

Durante el juicio realizado el 3 de diciembre pasado, el tribunal concluyó que el profesional abandonó el quirófano durante la intervención y utilizó su teléfono celular mientras se desarrollaba el procedimiento. Además, se acreditó que la sala carecía de un desfibrilador y de controles clínicos adecuados en un momento crítico. Según la sentencia, estas acciones y omisiones fueron determinantes en el desenlace fatal.

El paciente era un menor sin antecedentes de salud relevantes y la cirugía, destinada a reparar una hernia diafragmática, había sido presentada por el cirujano pediátrico Fernando Cordero como un procedimiento de rutina que demandaría “una hora u hora y media”. Sin embargo, durante la operación el niño sufrió un paro cardíaco que derivó en muerte cerebral.

De acuerdo con el expediente judicial, la máquina de anestesia permaneció fuera de funcionamiento durante al menos 20 minutos en un tramo clave de la intervención, lo que provocó la falta de oxígeno y el daño neurológico irreversible. El fiscal remarcó como agravantes la falta de reacción del anestesista y la ausencia de controles básicos: “Solo tenía que mirar el aparato que monitoreaba al paciente o con solo observar al pequeño podría haber detectado lo que sucedía”, sostuvo durante los alegatos.

Tras el episodio, fue necesaria la intervención urgente de tres anestesiólogos adicionales y una cirujana pediátrica para intentar revertir la situación, aunque los esfuerzos resultaron infructuosos.

El caso tomó estado público luego de que la madre del niño, Ariana, detectara inconsistencias en la información brindada por la clínica. Inicialmente se le comunicó que su hijo había sufrido “un poco de bradicardia”, pero al solicitar un certificado laboral descubrió que figuraba el diagnóstico de “muerte encefálica”, que luego fue corregido de manera manuscrita. El diagnóstico irreversible fue confirmado en una junta médica el 17 de julio. La denuncia penal fue presentada el 18 de julio de 2024.

La sentencia cierra la instancia penal del proceso y marca un precedente en materia de responsabilidad profesional en el ámbito sanitario. El fallo subraya el deber de vigilancia permanente del anestesista durante una cirugía y refuerza los estándares de control y seguridad exigidos en prácticas médicas de riesgo.